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Nueve temas claves de los Lineamientos que orientan la organización y funcionamiento de redes educativas rurales

Publicado: 2017-05-24

En Edugestores hemos realizado un análisis de los Lineamientos que orientan la organización y funcionamiento de redes educativas rurales, del cual extraemos nueve temas clave, que colaboran a la claridad de esta norma. 

Colocamos en paréntesis los diversos numerales extraidos del documento oficial, que se puede encontrar en el repositorio de nuestra plataforma: 

1. La Red Educativa Rural (RER) es una instancia de cooperación, intercambio y ayuda recíproca entre instituciones y programas educativos públicos cercanos que la integran, con la finalidad de mejorar la atención del servicio educativo (Art. 140 del Reglamento de la Ley General de Educación, S 011-2012-ED).

2. La Red Educativa Rural agrupa (i) entre 5 y 10 instituciones educativas de los diferentes niveles y modalidades de la educación básica, (ii) ubicadas en un ámbito caracterizado como rural para efectos de las asignaciones de la ley de reforma magisterial, (iii) próximas, conectadas y con similitud socio cultural similar (iii) pertenecientes a una sola UGEL y, (iv) preferentemente, a un mismo distrito.

3. Estos lineamientos indican que todas las instituciones educativas de ámbito rural se irán organizando progresivamente en redes, las que contarán con un director de red (numeral 9.1.1) y un centro de recursos para el aprendizaje (numeral 10.4). Se señala que cada gobierno regional definirá la organización territorial de sus redes y aprobará su creación y funcionamiento (numeral 8). La DRE hace la propuesta y esta debe contar con la opinión favorable de las gerencias de Desarrollo Social y de Planeamiento y Presupuesto. Estas redes se inscribirán en un registro nacional (numeral 8.6). Además, la DRE organiza un equipo itinerante de apoyo a las redes integrado por profesionales que realizan asistencia técnica (numeral 10.2).

4. Indentificamos ventajas de conformar una red educativa rural (numeral 9). La organización de las escuelas rurales en redes permitirá:

-Organizar, articular y evaluar los procesos de gestión orientados al logro de aprendizaje a partir de un Proyecto Educativo y un Plan Anual de Trabajo Institucionales de red.

-Optimizar la formación docente en servicio, las intervenciones y estrategias pedagógicas, la distribución oportuna de los recursos y materiales educativos así como de la asignación de personal.

-Articular las acciones de soporte e intervenciones que benefician a las escuelas integrantes.

-Promover, articular y gestionar los servicios complementarios dirigidos a las instituciones.

-Participar en los comités de evaluación para el ingreso a la carrera y de evaluación del desempeño .

-Contar con un soporte administrativo y pedagógico que facilite la permanencia de los docentes .

-Mejorar el canal de comunicación con la UGEL.

-Promover y facilitar la articulación intersectorial, interinstitucional así como la participación de los diversos actores de la comunidad en que se encuentra ubicada.

5. Las funciones de la Red se plasman mediante las siguientes actividades: asesoramiento y monitoreo a los docentes, grupos de interaprendizaje, y la promoción de la participación de las familias y comunidad.

6.Las redes serán conducidas con un director y tendrán una estructura de gestión (numeral 9), que incluye un consejo directivo de Red, y una comisión pedagógica.

7. El director de red es el responsable de conducir, de manera democrática, la gestión de la red. El Ministerio de Educación definirá el perfil y funciones específicas del director para poder proceder a su selección (numeral 11.2). Mientras tanto el director designado en una institución de la red que tenga la mayor escala magisterial y tenga más experiencia en gestión asume transitoriamente esta responsabilidad (numeral 11.3). El Ministerio de Educación y los gobiernos regionales organizarán actividades de apoyo a su desempeño (numeral 10.3).

8. La Red contará con una sede que será el colegio secundario o aquél más grande y que cuente con las mejores condiciones de infraestructura (numeral 7.2).

9. Las redes se conformarán por dos vías (numeral 8) : (i) formalizando las existentes adecuándolas a las condiciones establecidas por estos lineamientos, (ii) a partir de un proceso de diseño que consta de cuatro pasos, liderado por la UGEL y en el que intervienen directores y docentes así como aliados locales y culmina en su formalización.


Escrito por

Edugestores

Un blog para personas con interés explícito en la gestión descentralizada del sistema educativo.


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